Departamento Desarrollo Urbano

El Departamento de Desarrollo Urbano, tiene entre sus funciones lo indicado de acuerdo al D.S. N° 397 del año 1976, en la cual establece entre otros, la elaboración de Instrumentos de planificación y supervigilar el cumplimiento de la LGUC y su Ordenanza, resolver las reclamaciones en contra del Director de Obras, así como de pronunciamientos especiales, facultad contenida en el Art. 4° de la Ley General de Urbanismo y Construcción. No obstante de lo descrito anteriormente la actual administración ha solicitado al Departamento la evaluación y elaboración de Proyectos Urbanos para cada una de las comunas.
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